DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES / DOM
La Dirección de Obras es una unidad que depende directamente del Alcalde y tiene a su cargo los siguientes departamentos:
- Edificación
- Diseño y Construcción
- Fiscalización
- Urbanismo
OBJETIVO
FUNCIONES
La Dirección de Obras tendrá las siguientes funciones:
Dirigir, planificar, organizar, coordinar y controlar el cumplimiento de las funciones de la dirección contempladas en el Art. 20 de la Ley N° 18.695 que se indican a continuación, y aquellas que fijen leyes especiales.
Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcción, del Plan Regulador Comunal y de las ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones específicas:
1) Dar aprobación a las subdivisiones de predios.
2) Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de construcción en general que se efectúen en la Comuna. Ellas incluyen tanto las obras nuevas como ampliaciones, transformaciones y otras que determinen las leyes y reglamentos.
3) Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el número anterior.
4) Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción, y
5) Recibirse de las obras ya citadas y autorizar su uso.
6) Realizar tareas de inspección sobre las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan.
7) Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización.
8) Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la Comuna.
9) Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana; la construcción de viviendas sociales e infraestructuras sanitarias y la prevención de riesgos mediante la elaboración de programas anuales.
10) Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, ejecutadas directamente a través de terceros.
11) Aplicar las normas generales sobre construcción y urbanización.
12) Coordinar y mantener relación con todos aquellos organismos públicos y privados en materias de urbanismo y construcción.
13) Cumplir todas aquellas funciones que la Ley o el Alcalde le encomiende.
DEPARTAMENTO DE EDIFICACIÓN
El Departamento de Edificación tiene por finalidad comprobar que los proyectos de construcciones y edificaciones en general, se realicen conforme a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, teniendo las siguientes funciones:
a) Estudiar y verificar el estricto cumplimiento de las disposiciones legales, y reglamentarias en los proyectos y anteproyectos de obras de construcción.
b) Fiscalizar el cumplimiento de las exigencias legales y reglamentarias en las obras de edificación, ampliaciones, remodelaciones y/o demoliciones.
c) Revisar, los proyectos de construcción en general que se realicen en la Comuna, incluyendo obras nuevas, ampliaciones y otras que determinen las leyes y reglamentos.
d) Proponer los permisos y certificados que debe otorgar el Director de Obras.
e) Inspeccionar las obras de edificación para el otorgamiento de las recepciones finales.
f) Calcular los derechos a cobrar a los contribuyentes por la ejecución de obras de edificación, alteración u otras.
g) Emitir informes respecto del uso de suelo y aptitud del inmueble en relación al otorgamiento de patentes, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias.
h) Velar porque las obras que tengan permiso de edificación y urbanización obtengan la correspondiente recepción final.
i) Velar por la conservación del archivo de expedientes de edificaciones de la Comuna.
DEPARTAMENTO DE CONSTRUCCIÓN
El Departamento de Construcción tiene por finalidad velar por la correcta ejecución de obras; la mantención y reparación de obras viales, iluminación y el mobiliario urbano que le corresponda, y velar por el cumplimiento de normas legales y reglamentarias que regulan las ocupaciones y rupturas en bienes nacionales de uso público.
El Departamento de Construcción tiene las siguientes funciones:
a) Visar los documentos generados en el Departamento para la firma del Director.
b) Llevar un registro de contratistas para la D.O.M.
c) Mantener un archivo técnico clasificado y actualizado con los expedientes de las obras que se ordene ejecutar.
d) Programar y coordinar todas las obras de construcción y de pavimentación de aceras y calzadas de la Comuna.
e) Administrar la bodega de materiales de la D.O.M.
f) Solicitar, analizar e informar presupuestos o cotizaciones para la contratación directa de obras o proyectos, cuando corresponda.
g) Evaluar e informar las ofertas presentadas en las propuestas que se llamen con ocasión del cumplimiento de sus funciones.
h) Fiscalizar las obras encomendadas por la Municipalidad, conforme a las normas legales reglamentarias, técnicas y contractuales.
i) Ejecutar directamente obras municipales, conforme a las normas legales, reglamentarias, técnicas y contractuales.
j) Fiscalizar la correcta mantención de las obras de pavimentación en aceras y calzadas, de iluminación y del mobiliario urbano que le corresponda.
k) Inspeccionar las obras contratadas por la Municipalidad, fiscalizando su ejecución y construcción desde su inicio, hasta el momento de su recepción definitiva, efectuando las visitas a terreno que sean necesarias y cumpliendo todas aquellas tareas asociadas al control administrativo y técnico de los contratos a su cargo.
l) Establecer la coordinación general del Municipio con los servicios de utilidad pública en aquellas materias que deben resolverse en conjunto, que afecten los bienes nacionales de uso público, tales como: instalación de líneas distribuidoras, canalizaciones subterráneas, etc.
ll) Supervisar los contratos de concesión de kioscos, refugios peatonales, relojes, teléfonos públicos, etc.
m) Otorgar permisos de ocupación de espacios públicos y efectuar el respectivo cálculo de derechos.
n) Fiscalizar el cumplimiento de las condiciones de los permisos de ocupación de espacios públicos.
ñ) Proporcionar el material técnico necesario para los llamados a propuestas para la ejecución de proyectos de construcción derivados del Plan de Inversiones.
DEPARTAMENTO DE FISCALIZACIÓN
El Departamento de Catastro e Inspección tiene por finalidad formar y mantener actualizado el catastro comunal y fiscalizar que las edificaciones existentes cumplan con las normas legales y reglamentarias vigentes.
El Departamento de Fiscalización tiene las siguientes funciones:
a) Entregar copias autorizadas de certificados y planos aprobados.
b) Controlar que las edificaciones sean ocupadas de acuerdo a las normas del uso de suelo que contemple el Plan Regulador Comunal.
c) Fiscalizar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias respecto de las obras de edificación, ampliación, remodelación y/o demoliciones.
d) Fiscalizar que los titulares de patentes municipales den a los inmuebles el uso autorizado, controlando los establecimientos industriales, comerciales y de servicios.
e) Velar por el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias, denunciar las infracciones al Juzgado de Policía Local y solicitar clausuras, cierres o demoliciones cuando proceda.
f) Atender las denuncias y reclamos notificando las infracciones de acuerdo a las normas legales y reglamentarias, cuando proceda, las citaciones al Juzgado de Policía Local.
g) Comprobar el cumplimiento de las resoluciones municipales que afectan a las edificaciones tales como clausura, demoliciones, cierre y otros.
h) Fiscalizar que se cumplan las normas legales y reglamentarias sobre condiciones externas, que deben reunir las edificaciones, en especial las referentes a publicidad y propaganda.
i) Emitir informes específicos respecto del uso de suelo y aptitud del inmueble en relación a las solicitudes de patentes, de acuerdo a normas legales y reglamentarias.
DEPARTAMENTO DE URBANISMO
El Departamento de Urbanismo tiene por finalidad velar por el cumplimiento de la planificación urbana comunal y de las normas legales y reglamentarias vigentes en materia de urbanismo.
El Departamento de Urbanismo tiene las siguientes funciones:
a) Revisar el cumplimiento d elas disposiciones del Plan Regulador en Subdivisiones, Loteos, Conjuntos Armónicos, y Urbanizaciones de la Comuna.
b) Diseñar y estudiar proyectos de construcciones específicos para ocupar espacios en la vía pública, procurando la conservación y armonía arquitectónica de la Comuna.
c) Asesorar técnicamente al Alcalde y demás unidades municipales a requerimiento de éstas en materia de urbanización comunal.
d) Proponer medidas relacionadas con la vialidad urbana, y en general con todos los espacios públicos de la Comuna.
e) Proponer la asignación de nombres a nuevas vías y espacios públicos.
f) Efectuar los estudios y trámites que requieran las expropiaciones que se ordenen por aplicación del Plan Regulador, dentro de los plazos que sse establezca la Secretaría Comunal de Planificación en función del Plan Anual de Inversiones.
g) Velar por la conservación del patrimonio urbano.
h) Formar y mantener actualizado el catastro con toda la información territorial permanente.
i) Otorgar los certificados de línea de números de expropiación y otros.
j) Apoyar la gestión municipal mediante la información estadística y analítica de la realidad urbana.
k) Revisar los proyectos de subdivisiones, loteos, fusiones de predios y modificaciones de deslindes.
l) Revisar los proyectos de propaganda y elementos publicitarios a colocar en bienes nacionales de uso público.
ll) Revisar e informar sobre los proyectos de refugios peatonales, casetas telefónicas y mobiliario urbano en general a colocar en bienes nacionales de uso público.
m) Inspeccionar las obras de urbanización para el otorgamiento de las recepciones finales.
n) Velar porque las obras que tengan permiso de urbanización obtengan la correspondiente recepción final.
ñ) Velar por la conservación del archivo de expedientes de loteos, subdivisiones, modificaciones de deslindes y fusiones de predios.