DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO / DIDECO
La Dirección de Desarrollo Comunitario es una unidad de dependencia directa del Alcalde.
El objetivo fundamental de esta unidad es la Promoción del Desarrollo Comunitario, asesorando al Alcalde y al Concejo Municipal en la promoción, diseño, ejecución y evaluación de Políticas de Desarrollo Comunitario, en los ámbitos de la Asistencia Social; Promoción del Empleo; Capacitación, Educación, Vivienda y Hábitat, Asistencia Técnica a Organizaciones Comunitarias; Protección del Medio Ambiente; Salud Pública; Cultura; Deporte y Recreación.
Las funciones y atribuciones de la Dirección de Desarrollo Comunitario son:
1.- Asesorar al Alcalde y Concejo Municipal en la promoción del Desarrollo Comunitario:
– Colaborar en la formulación del Plan de Desarrollo Comunal.
– Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de desarrollo comunitario sobre la base de las necesidades y potencialidades tanto de la comunidad, como del Municipio.
– Emitir informes solicitados por el Alcalde, sobre materias de competencia de la Dirección.
2.- Promover y ejecutar cuando corresponda medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con la Asistencia Social; Promoción del empleo; Capacitación; Educación; Protección del Medio Ambiente; Salud Pública; asesoría técnica a organizaciones comunitarias.
– Diseñar, administrar, evaluar y supervisar proyectos sociales propios de la Municipalidad, orientados al Desarrollo Comunitario en el marco del Plan de Desarrollo Comunal; y Programas de Gobierno Central en esta área.
– Mantener un registro actualizado de los programas y proyectos relativos al área de competencia de la Dirección que se encuentren en desarrollo en la Comuna, desde organismos de Gobiernos Centrales y/o locales.
– Coordinar con instancias públicas o privadas; locales o centrales el desarrollo de programas específicos implementados en la Comuna.
– Enviar los informes que requieren los organismos públicos sobre el desarrollo de estos planes y programas.
3.- Promover la coordinación permanente de las unidades que dependen de la Dirección y participar de las instancias de coordinación municipal y/o comunal que corresponda.
4.- Dirigir, Evaluar y supervisar el trabajo encomendado a unidades y personal bajo su dependencia.
5.- Cumplir otras funciones que la jefatura le encomiende en el marco de la normativa vigente.